La Fiscalía emite un informe a favor de la doctrina Parot para el violador del ascensor
(04-09-08, Público)
Pedro Luis Gallego cumple en la actualidad condena en la cárcel de Teixero (A Coruña) por el asesinato de la joven burgalesa Marta Obregón en 1993, la muerte de la joven vallisoletana Leticia Lebrato en 1992 y 18 violaciones
La Audiencia Provincial de Burgos ha recibido un informe del Ministerio Fiscal favorable a que se aplique la doctrina Parot al preso Pedro Luis Gallego Fernández, conocido como el violador del ascensor, han informado fuentes judiciales.
Pedro Luis Gallego cumple en la actualidad condena en la cárcel de Teixero (A Coruña) por el asesinato de la joven burgalesa Marta Obregón en 1993, la muerte de la joven vallisoletana Leticia Lebrato en 1992 y 18 violaciones.
A finales del pasado mes de agosto, la Sala Primera de la Audiencia de Burgos, presidida por el magistrado José Luis Díaz Roldán, recibió un escrito del Centro Penitenciario de Texeiro, en el que comunicaba, para que la Sala lo aprobase, que la fecha del cumplimiento de la pena de este recluso era el 18 de diciembre de 2008, día que el violador del ascensor saldría de la cárcel.
La Sala resolvió entonces pedir un informe al Ministerio Fiscal, solicitando su criterio sobre aplicar a este preso la conocida como doctrina Parot, lo que conlleva que el preso no saldría de la cárcel hasta el 9 de noviembre del 2022.
Posibles alegaciones
Una vez que la Audiencia Provincial de Burgos ha recibido y cuenta con el informe favorable del Ministerio Fiscal, se ha ordenado que se asigne abogado al preso Pedro Luis Gallego Fernández.
Se ha ordenado que se asigne abogado al preso Pedro Luis Gallego Fernández
El letrado de Pedro Luis Gallego tiene de plazo hasta el próximo miércoles, 10 de septiembre, para presentar alegaciones al informe del Ministerio Fiscal.
La Audiencia Provincial de Burgos, una vez haya recibido las alegaciones de la defensa, dispone de un plazo de tiempo para dilucidar y tomar la resolución que estime conveniente.
Será el presidente de la Audiencia Provincial de Burgos, Miguel Carreras, quien presida la Sala que lleva este caso, dado que se da la circunstancia de que el juez que la presidió cuando se juzgaron los hechos cesa mañana de su cargo para pasar a ocupar la plaza de magistrado de la Audiencia Provincial de La Rioja.
Tribunal burgalés
El tribunal burgalés es el competente para decidir esta cuestión puesto que fue el último que condenó, en 1995, a Pedro Luis Gallego por el asesinato de la joven burgalesa Marta Obregón.
Antes fue condenado por otras 18 violaciones en Valladolid y Salamanca y por el asesinato de la joven vallisoletana Leticia Lebrato.
La doctrina Parot fue establecida por el Tribunal Supremo en 2006 cuando resolvió un recurso del etarra Henri Parot, que supuso la modificación de la fórmula de cumplimiento de las condenas.
Esta doctrina establece que a los delincuentes de especial peligrosidad se les suprima la posibilidad de reducir su estancia en prisión a través de las redenciones que suponen el descuento de días de condena por actividades como estudiar o practicar deporte.
Mediante esta doctrina se puede tener en la cárcel a un delincuente de especial peligrosidad hasta un máximo de 30 años para los presos juzgados con el antiguo Código Penal y hasta 40 con los del nuevo. |