El instructor del CGPJ pide sólo una multa para el juez del «caso Mari Luz»
(03-09-08, ABC)

La Fiscalía y el instructor nombrado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para investigar la actuación del juez Rafael Tirado en el «caso Mari Luz» discrepan en la valoración de la conducta del magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 1 de la Audiencia de Sevilla. Así, mientras el ministerio público considera que Tirado cometió una falta muy grave, que podría incluso llevar acarreada la pérdida de la carrera judicial, el instructor -se trata del presidente de la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, Wenceslao Olea-, califica los hechos de falta grave, que en su grado máximo está castigada con una multa de hasta tres mil euros.

La Fiscalía dio a conocer ayer esta discrepancia a través de un comunicado en el que explica que tras estudiar la documentación sobre el caso y las alegaciones del juez Tirado, solicita que «los hechos investigados sean considerados constitutivos de una infracción muy grave prevista en el artículo 417.9 de la LOPJ y, como consecuencia de ello, susceptibles de ser sancionados con suspensión por hasta tres años, traslado forzoso o separación». El fiscal coincide así con la valoración efectuada por la comisión disciplinaria del CGPJ en su reunión del pasado 7 de abril.

Más de dos años

El ministerio público considera que está demostrado que, tras la denegación de la suspensión de la condena de Santiago del Valle, presunto asesino de la niña de Huelva, y el correspondiente auto de ingreso en prisión, que no pudo serle notificado al no encontrarle en su domicilio, el juez Tirado no adoptó ninguna resolución de búsqueda, situación que continuó durante más de dos años. Además, el magistrado tampoco examinó la ejecutoria en cuestión para comprobar las razones del retraso en el ingreso en prisión.

La Fiscalía explica que, en estas circunstancias de incomparecencia del acusado y de la no suspensión de la condena, lo procedente habría sido dictar una orden de busca y captura contra Santiago del Valle, lo que el juez tampoco hizo. Concluye el ministerio público recordando que la función jurisdiccional comprende no sólo el deber de juzgar, sino también el de ejecutar lo juzgado. No obstante, reconoce que en la ejecución de las sentencias intervienen los distintos integrantes de la oficina judicial, aunque es el juez el que tiene la obligación de controlar y dirigir la actividad procesal.

La actuación del juez ha sido objeto de mucha polémica y en este punto conviene recordar que la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), a la que pertenece este magistrado de la Audiencia de Sevilla, elaboró un informe técnico en el que concluía que Rafael Tirado no cometió falta alguna y que la responsable de lo sucedido sería la secretaria judicial y los funcionarios que integran la llamada unidad procesal de apoyo.

La decisión, el día 10

El CGPJ recordó ayer, por medio de su portavoz, Enrique López, que el expediente disciplinario elaborado por el instructor «no es definitivo» y que el órgano de Gobierno de los jueces tomará una decisión firme el próximo día 10, cuando se reúne su comisión disciplinaria, teniendo también en cuenta la postura de la Fiscalía. Además, mostró su «sorpresa por el hecho de que la Fiscalía haya emitido una nota pública argumentando su petición sin que el CGPJ tenga a su disposición el expediente».

El padre de Mari Luz, Juan José Cortés, afirmó que el criterio de la Fiscalía «se ajusta más a la ley y a la justicia, ya que «si cualquier ciudadano está sometido al cumplimiento de la ley, los jueces también tienen que deberse a su órgano interno que vela y que regula los errores que ellos cometen».